¿Qué es el embargo?
Es un registro (o inventario) de bienes, realizado por un receptor, con tal que solventen una deuda exigida a través de un juicio ejecutivo ya iniciado.
¿Qué bienes son embargables?
La ley alude que el receptor al embargar se debe ceñir a cuatro órdenes para efectuar su gestión.
- Dinero
- Bienes muebles
- Bienes Raíces
- Salarios y Pensiones
Por lo tanto, dentro del domicilio pueden ser objeto del embargo: televisores, microondas, refrigeradores, sillones, comedores, muebles, consolas de videojuegos, computadoras, joyas, automóviles, etc.
¿Existen bienes inembargables?
Efectivamente, hay bienes que no pueden ser embargados, por ser considerados como bienes de primera necesidad. Entre ellos podemos mencionar las camas, alimentos, ropa, combustibles, bienes utilizados en tu profesión, entre otros.
¿Significa esto que retirarán mis bienes de mi hogar?
No necesariamente. Si acudes con prontitud con nuestros abogados, pondremos a tu alcance todas las soluciones para que tus cosas no crucen la puerta de tu casa.